
Las negligencias médicas y hospitalarias dan derecho al paciente o a sus familiares a reclamar y obtener indemnizaciones por los daños causados.
Las reclamaciones están sujetas a diversos y distintos requisitos, en cuanto al procedimiento a seguir, plazos de prescripción, prueba, normas de valoración etc., por lo que es necesario obtener el asesoramiento apropiado, básicamente porque en estos procesos se suelen sustanciar cantidades importantes que pueden verse muy mermadas e incluso perderse (prescripción) y puede ser necesario acudir a la vía judicial.
CUANTO ANTES HAY QUE CONOCER:
1º.- SI SE HA PRODUCIDO O NO UNA NEGLIGENCIA MEDICA. Esta cuestión es de capital importancia, dado que la negligencia médica que Ud. sospecha, deberá ser confirmada por un Abogado en colaboración con un Especialista Médico que le asesora.
2º.- CÓMO PROCEDER A RECLAMAR. RESPONSABLES.
Producida una negligencia hay que concretar los responsables, los plazos para reclamar y las posibles vías extrajudiciales y judiciales para hacerla efectiva.
3º- QUE INDEMNIZACIÓN PUEDE CORRESPONDERLE.-
Confirmada la existencia de dicha negligencia deberá pasarse a conocer la cuantía de la indemnización que pudiera corresponder.
En las reclamaciones de los daños o perjuicios sufridos por causa de una negligencia o f uncionamiento de un servicio público de salud, es básico y esencial, CUANTO ANTES, CONOCER LA POSIBLE INDEMNIZACION de los daños y perjuicios
sufridos.
Para todo lesionado o perjudicado tras una negligencia es de gran interés tener una valoración orientativa de la indemnización que podría resultar para conocer cuál es el interés económico en el mismo y si le compensa poner en marcha los procedimientos para hacer efectiva su reclamación.
Estamos especializados en efectuar valoraciones de los daños personales y materiales emitiendo al efecto los correspondientes dictámenes-valoraciones orientativas sobre las indemnizaciones, con la colaboración de Especialistas Médicos.
Estas valoraciones orientativas la puede Ud. obtener:
1º.-TRAS LA NEGLIGENCIA y antes de su alta médica: se efectúa a la vista de los daños físicos y materiales ocasionados a consecuencia de la negligencia.
2º.- TRAS EL ALTA MÉDICA: se practica a la vista de todos los daños físicos, personales y materiales, que al lesionado le quedarán efectivamente por causa de la negligencia médica. Se basa en los concretos daños que la negligencia le ha causado. Es la valoración básica para efectuar una reclamación económica, ya concreta, al Estado, a la Entidad Aseguradora, a la Institución Médica o al
responsable.
3º.- En cuanto a la valoración de los FALLECIMIENTOS a consecuencia de una negligencia médica, la misma se basa en una serie de datos y circunstancias personales y familiares tanto de la víctima como de los perjudicados
Nuestros abogados especialistas en casos de mala praxis médica creen que los médicos deben responsabilizarse por este tipo de errores y nuestro objetivo es determinar, tan rápido como sea posible, si usted tiene una demanda.
Esto se debe a que los casos de mala praxis son muy complejos, cuesta mucho dinero llevarlos adelante y los riesgos de obtener una compensación escasa o ninguna compensación son muy altos.
Existen requisitos muy estrictos previos a la demanda y límites de tiempo para presentar una demanda por mala praxis. Por lo tanto, es fundamental contactarse inmediatamente con un abogado especialista en casos de mala praxis médica.